EL IASB publicó el 25 de abril de 2013, un
Borrador para Discusión denominado “Regulatory Deferral Accounts” (que yo traduciría como “Cuentas Diferidas de
Entidades Reguladas”), como parte del reactivado proyecto para desarrollar
una norma sobre las entidades que realizan Actividades con Precios Regulados (APR).
El IASB reconoce que muchas jurisdicciones en
el mundo que aplican las NIIF (IFRS) tienen sectores industriales y
manufactureros, tales como los relacionados con el transporte y los servicios
públicos (como luz y energía, teléfonos y agua entre otros), que están sujetos a regulaciones
de precios. Se entiende que las regulaciones de precios pueden tener un impacto
significativo sobre la oportunidad del registro y el monto de los ingresos de
una entidad APR. Las NIIF actuales no suministran ninguna guía específica sobre
esas la contabilidad de esas actividades.
Como respuesta a las solicitudes recibidas
durante su agenda de consultas normales, el IASB ha iniciado este proyecto para
considerar si el Instituto debe desarrollar una guía específica para las APR y,
si es así, determinar qué tipo de información acerca de las consecuencias de la
regulación de precios será más útil para los usuarios de los estados
financieros. En esta etapa del proyecto, el IASB está proponiendo una Norma
Interina que permitiría a las entidades mantener las actuales políticas
contables que utilizan, con algunas modificaciones diseñadas para mejorar la
comparabilidad.
El Borrador para Discusión está abierto para
los que deseen hacer comentarios hasta el 4 de septiembre de 2013.
En la página web del IASB existen dos
documentos (en inglés) disponibles para los interesados en familiarizase con
esta nueva norma:
1. Exposure
Draft: Regulatory Deferral Accounts. Este documento
contiene el Borrador para Discusión con todas las bases, las razones para
emitir la nueva norma, las preguntas que se espera que contesten los
interesados y la norma propiamente dicha.
Haga click aquí para ver este documento.
Objetivos
del IASB, según se establece en el Borrador para Discusión -
El objetivo a largo plazo del proyecto es
desarrollar un Papel para Discusión para considerar si la regulación de precios
crea activos o pasivos adicionales a los que ya están previstos en las NIIF
para las actividades que no están reguladas. Si eso fuera así, el proyecto
también considerará cómo deben ser reconocidos esos activos y pasivos; si otras
NIIF deben ser modificadas y cómo deberían ser cambiadas.
El objetivo de las propuestas en el Borrador
para Discusión es el mejoramiento de la comparabilidad del reporte financiero,
mediante la eliminación de las barreras que existen actualmente para la
adopción de las NIIF por parte de las entidades APR, hasta que la guía sea
desarrollada completamente.
El IASB entiende que la regulación de precios es
una restricción en la fijación de los mismos a los clientes de las entidades
que se ven afectadas por dicha regulación (las APR). En muchas jurisdicciones,
los cargos que las entidades APR pueden hacerle a sus clientes están fijados
por organismos reguladores o por los propios gobiernos. En forma típica, tales
entidades (las APR) tienen un monopolio o una posición dominante en el mercado
que les confiere un excesivo poder sobre dicho mercado.
Comentarios
del Autor Aplicables a Venezuela -
Esta norma podría impactar a algunas entidades
en el país (y no únicamente a las APR tradicionales), por las regulaciones de
precios aplicadas por el gobierno venezolano a innumerables industrias,
servicios y sectores de la economía del país que no son propiamente APR. El
Borrador para Discusión debería ser revisado por todos aquellos que están vinculados
con entidades cuyos precios están regulados por el gobierno, para determinar si
la nueva norma los afectaría y cómo.
También sería importante que los que se
sientan afectados, utilizando el mecanismo de la consulta establecido en el
Borrador para Discusión, se dirijan al IASB informando de los hechos que las
afectan y la forma como tendrían que implementar la nueva norma, en caso de que
ésta sea aprobada para su aplicación por el IASB y que esas entidades sean
afectadas por la nueva norma.
Las personas interesadas en obtener asesoría
sobre este asunto pueden enviar sus preguntas a mi correo electrónico y, con
gusto, haríamos los arreglos para completar esa asesoría (jdsmartinez@gmail.com).