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10 de enero de 2014

Normas de Auditoría en Venezuela

El 13 de diciembre de 2013, el Directorio de la Federación de Colegios de Contadores Públicos de la República Bolivariana de Venezuela (FCCPV), aprobó una Resolución ("la Resolución") sobre la Aplicación de las Normas Internacionales de Auditoría ("NIA´s") y otros asuntos, que se considera importante por la trascendencia que tendrá en relación con los trabajos que desempeñan los contadores públicos en Venezuela y por su impacto en la comunidad de negocios.

Entre otros, la Resolución indica los siguientes considerandos:

"Que en la Sesión Plenaria del Directorio Nacional Ampliado (DNA) reunido en Acarigua-Araure, estado Portuguesa, el día 31 de enero de 2004, se decidió la adopción de estándares internacionales de información financiera (NIC/NIIF), normas internacionales de contabilidad del sector público (NICSP) y las normas
internacionales de auditoria (NIA).
Que en la Sesión Plenaria del Directorio Nacional Ampliado reunido en Puerto La Cruz, estado Anzoátegui, el día 27 de julio de 2013 se ratificó la decisión tomada en el DNA reunido en Acarigua-Araure, estado Portuguesa, los días 30 y 31 de enero de 2004 con respecto a la adopción de Estándares Internacionales de Auditoría, describiendo como tales a las Normas Internacionales de Auditoría, Revisión, Atestiguamiento y Servicios Relacionados; así como también las Declaraciones Internacionales de Prácticas de Auditoría y las Normas sobre Control de Calidad emitidas por el IFAC y se aprobó como fecha efectiva para la entrada en vigencia y aplicación en Venezuela, a partir del 01 de Enero de 2014.
Que la preparación y presentación de los estados financieros en Venezuela se fundamenta en los principios de contabilidad generalmente aceptados (VEN NIF), cuya vigencia es desde el 01 de enero de 2008, VEN NIF GE, para el caso de las grandes entidades y desde el 01 de enero de 2011 (VEN NIF PYME), para el caso de las pequeñas y medianas entidades."

La Resolución ratifica la aplicación en Venezuela de las Normas Internacionales de Auditoría y Revisión de Estados Financieros de 2010, así como también las Declaraciones Internacionales de Prácticas de Auditoría y las Normas sobre Control de Calidad emitidas por el IFAC, para los ejercicios que se inicien el 1o. de enero de 2014 y para la aplicación de las Normas Internacionales de Atestiguamiento y Servicios Relacionados, emitidos por el IFAC.

También se establece que para las auditorías y trabajos de revisión de estados financieros de los ejercicios iniciados antes del 1o. de enero de 2014, se permite la aplicación anticipada de las Normas Internacionales de Auditoría y Revisión de Estados Financieros de 2010, así como también las Declaraciones Internacionales de Prácticas de Auditoría y las Normas sobre Control de Calidad emitidas por el IFAC, incluyendo en el informe del auditor la expresión de dicha aplicación anticipada.

A partir del 1o. de enero de 2014 se iniciará el proceso de transición a las Normas Internacionales de Atestiguamiento y Servicios Relacionados. Sin embargo, se permite la aplicación anticipada de las Normas Internacionales de Atestiguamiento y Servicios Relacionados, emitidas por el IFAC, para los trabajos de atestiguamiento y servicios relacionados realizados en el período de transición, incluyendo en el informe del contador la expresión de dicha aplicación anticipada.

Se señala también que el período de transición finalizará al concluir el programa de divulgación a los colegios federados, usuarios de la información financiera y entes reguladores. La fecha de término del período de transición se establecerá mediante resolución del Directorio del FCCPV, en el transcurso del año 2014.

Posteriormente, la Resolución señala cuáles son las Normas de Referencia, las Normas Vigentes y  las Disposiciones Derogatorias, las Disposiciones Transitorias y las Normas No Derogadas.

Finalmente, la Resolución incluye en un Anexo una lista extensa de las NIA´s de 2010 que son aplicables y de las Declaraciones Internacionales de Prácticas de Auditoría.

Los interesados pueden consultar la página del FCCPV para obtener un ejemplar de la Resolución, pero también pueden obtenerla en el repositorio de documentos de este Blog en Google Drive haciendo click aquí

El texto original de las normas mencionadas en la Resolución, en español, no aparece todavía en la página web de la FCCPV.


Comentarios del Autor: Las NIA´s 2010 fueron traducidas al idioma español, después de muchos esfuerzos, hacia finales de 2012, justamente cuando aparecieron las NIA´s 2012. Debido a que el IFAC no hace traducciones  a otros idiomas, como sí lo hace el IASB (ref. Normas NIIF), tendremos que esperar hasta que algún organismo profesional ubicado en España o en América Latina lo haga, lo cual hace prever un nuevo atraso en su aplicación en los países que utilizan el español como su idioma.

Todas las NIA´s 2012, en idioma inglés, pueden ser bajadas por cualquier interesado directamente desde la página web del IFAC, haciendo click aquí


15 de agosto de 2013

Cambios en el Modelo de Informe de Auditoría

El 13 de agosto de 2013, la PCAOB (Public Company Accounting Oversight Board) propuso cambios sustanciales al modelo de informe de auditoría para las empresas públicas de USA, que incluirían un requerimiento para que los auditores identifiquen y describan lo que denominan “asuntos críticos de auditoría”. Adicionalmente, las nuevas normas y cambios propuestos por la PCAOB requerirían lo siguiente:
 
Una declaración sobre la independencia de los auditores: Mediante esta declaración, los auditores indicarían que son una firma registrada en la PCAOB y que son independientes con respecto a la entidad auditada.
 
Revelación sobre la continuación de los servicios: La firma de auditores tendría que revelar la fecha a partir de la cual se inició la prestación de sus servicios a la entidad auditada.
 
Otra información requerida: A los auditores se les requeriría que describan los procedimientos y las evaluaciones aplicadas a otro tipo de información incluida en el reporte anual, pero fuera de la información financiera.
 
Mejoras en la redacción: De aprobarse los cambios, la redacción actual del informe sería mejorada en relación  con el párrafo sobre las responsabilidades del auditor sobre fraudes y las notas a los estados financieros.
 
A continuación se analizan los asuntos más destacados, sus implicaciones en la auditoría y la forma de tratarlos en el reporte de los auditores.
 
Asuntos críticos de auditoría. La propuesta está diseñada para cambiar la forma como reportan los auditores, pero sin modificar de forma significativa los procedimientos que aplican. Un componente clave de la propuesta consistiría en un requerimiento para identificar y reportar sobre asuntos críticos de auditoría, los cuales son elementos que tienen las siguientes características:
 
           Conforman asuntos complejos, dificultosos o subjetivos que demandan del auditor la aplicación de juicio profesional; 
 
           Representan para el auditor mucha dificultad cuando trata de obtener evidencia apropiada y suficiente; o
 
           Representan para el auditor una gran dificultad cuando se tiene que formar una opinión sobre los estados financieros.
 
Cuando identifiquen asuntos críticos de auditoría, a los auditores se les requeriría:
 
           Identificar el asunto;
 
           Describir las consideraciones o razones por las cuales se  identificó el asunto como crítico;
 
           Referir a las cuentas importantes de los estados financieros y a las notas que se relacionan con el asunto, cuando sea aplicable.
 
No obstante lo anterior, los cambios propuestos no intentan alterar la opinión de los auditores sobre los estados financieros como un todo. Si el auditor determina que no hay asuntos críticos de auditoría, con revelar esa conclusión en su reporte sería suficiente.
 
Otra información requerida. La norma propuesta describe nuevos procedimientos que tendrían que ser aplicados por los auditores y en ese sentido se les requeriría evaluar la información incluida en las cuentas anuales (Forma 10-K) y también en la que se publicaría separada de los estados financieros. Los datos sobre información financiera seleccionada y sobre las declaraciones de la gerencia serían otros asuntos que tendrían que ser evaluados por los auditores.
 
Adicionalmente, la norma propuesta describe otros procedimientos que tendrían que completar los auditores cuando identifican una inconsistencia significativa o errores significativos entre la otra información y los estados financieros auditados.
 
La propuesta es similar a la que presentó para propósitos de discusión pública el IAASB (International Auditing and Assurance Standards Board) que es el organismo responsable por la promulgación de normas internacionales de auditoría. Por tanto, es posible que el nuevo informe de auditoría sea aprobado tanto en USA como a nivel internacional y tendría que ser aplicado a partir de las fechas que establezcan las autoridades correspondientes.
 
Los interesados en comentar la propuesta de la PCAOB, deberán hacerlo antes del 11 de diciembre de 2013. Pueden bajar la documentación completa haciendo click aquí
 
Como un adelanto a los lectores de este Blog, incluyo a continuación mi propia traducción del contenido de un reporte de acuerdo con la nueva norma. En el material que pueden bajar de la página web de la PCAOB podrán encontrar otros ejemplos. Todo lo subrayado es nuevo según lo indicado por la PCAOB en ese material.
 
Informe de los Auditores Independientes Registrados en la PCAOB
 
A los accionistas y a la junta directiva de Compañía X:
 
[Introducción]
 
Hemos auditado los estados financieros adjuntos de la Compañía X (la “Compañía) al 31 de Diciembre de 20X3, 20X2 y 20X1, y los estados conexos de operaciones, de movimiento de las cuentas de patrimonio y de flujos del efectivo por cada uno de los tres años del período terminado el 31 de Diciembre de 20X3, y las notas a dichos estados financieros (colectivamente definidos como los “estados financieros” de ahora en adelante.) Dichos estados financieros son responsabilidad de la gerencia de la Compañía.
 
Somos una firma de auditores registrada ante la PCAOB y estamos obligados a ser independientes con respecto a la Compañía de acuerdo con las leyes sobre valores de USA, y las normas y regulaciones aplicables de la SEC y de la PCAOB. Nosotros, o los auditores predecesores, han prestado servicios a la Compañía en forma consecutiva desde el año [año].
 
[Bases para la Opinión]
 
Nuestra responsabilidad es expresar una opinión sobre los estados financieros de la Compañía basándonos en nuestras auditorías. Efectuamos nuestras auditorías de acuerdo con las normas de la PCAOB. Esas normas requieren que la auditoría sea planificada y ejecutada para obtener una razonable seguridad de que los estados financieros están exentos de inconsistencias o desviaciones significativas debidas a errores o fraudes.
 
Nuestras auditorías incluyeron la aplicación de procedimientos para evaluar los riesgos de presentación inadecuada de los estados financieros originada por errores o fraudes, y para responder a esos riesgos. Tales procedimientos incluyeron el examen, con base en pruebas selectivas, de evidencia apropiada en relación con los montos y revelaciones en los estados financieros. Nuestras auditorías también incluyeron la evaluación de los principios de contabilidad aplicados y los estimados significativos hechos por la gerencia, así como la evaluación de los estados financieros tomados en su conjunto.
 
[Opinión sobre los Estados Financieros]
 
En nuestra opinión, los estados financieros antes identificados presentan razonablemente, en todos sus aspectos principales, la situación financiera de la Compañía al 31 de Diciembre de 20X3, 20X2 y 20X1, y los resultados de sus operaciones y sus flujos de efectivo por cada uno de los tres años del período terminado el 31 de Diciembre de 20X3, de conformidad con [indicar el marco contable bajo el cual se elaboraron los estados financieros].
 
Asuntos Críticos de Auditoría

Las normas de la PCAOB requieren que comuniquemos en nuestro informe los asuntos críticos de auditoría relacionados con el examen de los estados financieros del período actual o que establezcamos que no existen tales asuntos. Los asuntos críticos de auditoría se refieren a aquellos que observamos durante nuestra auditoría que: (1) conformaron asuntos complejos, dificultosos o subjetivos que demandaron de nosotros la aplicación de juicio profesional; (2) representaron para nosotros mucha dificultad cuando tratamos de obtener evidencia apropiada y suficiente; o representaron para nosotros una gran dificultad cuando hemos tenido que formarnos una opinión sobre los estados financieros. Los asuntos críticos de auditoría que se incluyen a continuación no alteran de ninguna forma nuestra opinión sobre los estados financieros tomados en su conjunto. [Si existen asuntos críticos de auditoría, hay que mencionarlos]
 
Responsabilidad de los Auditores sobre Otra Información Requerida
 
Adicionalmente a la auditoría de los estados financieros realizada de acuerdo con las normas de la PCAOB, evaluamos si alguna otra información incluida en las cuentas anuales presentadas a la SEC, la cual incluye los estados financieros al 31 de Diciembre de 20X3 y nuestro informe de auditoría sobre los mismos, contiene una inconsistencia significativa con respecto a dichos estados financieros, una inconsistencia de hecho o ambas. Nuestra evaluación se basó en evidencia relevante de auditoría obtenida y en conclusiones alcanzadas durante dicha auditoría. No auditamos la otra información y no expresamos ninguna opinión sobre la misma. Basados en nuestra evaluación, no hemos identificado una inconsistencia significativa o un error significativo de hecho en la otra información.
 
[Firma de los Auditores]
 
[Lugar]
 
[Fecha del Informe]