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Información, Análisis, Opinión y Divulgación de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF - IFRS). Discusión, Información y Opinión sobre Otros Asuntos Relacionados con el Ejercicio y el Desempeño de los Profesionales de la Contaduría Pública en Venezuela
25 de abril de 2013
NIIF Completas 2013 - Disponible (En inglés)
23 de abril de 2013
Compañías en Liquidación - Nueva Norma Contable de la FASB
La FASB(1) acaba de promulgar el denominado ASU
No. 2013-07 Presentation of Financial
Statements – Topic 205, aplicable a las empresas que están en proceso de
liquidación o que son declaradas en liquidación. Este es un novedoso principio
que ha sido emitido para ser aplicado por las empresas públicas en USA, cuando
se encuentran o son declaradas como “Entidades en Liquidación”. En las Normas
Internacionales de Información Financiera (NIIF) no existe un pronunciamiento
contable como éste, por lo que este texto se convierte, a partir de este
momento, en la guía contable más autorizada para la preparación y presentación
de estados financieros de entidades en liquidación en los países donde se
aplican las NIIF.
Haciendo un breve repaso del contenido de este
importante pronunciamiento se observa que sus principales disposiciones son las
siguientes:
1. Las entidades que están en
situación de “liquidación inminente”
deben usar este principio. Se considera que una liquidación es inminente cuando
a) existen probabilidades remotas de que la entidad no podrá salir de ese
estado; b) cuando se ha elaborado un plan de liquidación por los autorizados en
la entidad a hacerlo; o c) cuando se ha impuesto una liquidación por otras
partes ajenas a la entidad (como en el caso de una bancarrota).
2. El pronunciamiento requiere que
los estados financieros de una entidad en liquidación deben ser preparados
usando “la base contable de liquidación”
para presentar información relevante acerca de los recursos esperados y los
recursos que están comprometidos cuando se presenta esa situación.
3. De acuerdo con el pronunciamiento,
los activos deben ser reconocidos inicialmente (a partir de la fecha que se
adopta la nueva base contable) utilizando el monto estimado en efectivo que se
espera recibir o de otra consideración (por ejemplo otro activo). Ese monto
debe ser revisado posteriormente para aplicar las consideraciones que surjan de
nuevos eventos y situaciones que afecten los activos.
4. Un aspecto novedoso en este
pronunciamiento es que permite que se reconozcan activos que anteriormente no
habían sido reconocidos por no permitirlo los US GAAP, como es el caso de las
marcas de fábrica que no hubieran sido compradas por la entidad.
5. Los pasivos y otras acreencias
deben ser reconocidos con base en otros principios contables que les sean
aplicables.
6. También deben reconocerse los costos
y gastos que surgirían en el proceso de liquidación, contabilizando los pasivos
correspondientes y ajustándolos a medida que transcurra el proceso cuando se tengan
las bases para ese reconocimiento y los ajustes posteriores.
7. Como mínimo, la entidad en
liquidación debe preparar y presentar la siguiente información:
a. Un Estado de Activos Netos en
Liquidación; y
b.
Un Estado de Cambios en los Activos
Netos en Liquidación.
8. La base contable de liquidación
debe aplicarse prospectivamente desde el mismo día en que se considera que la
liquidación es inminente.
El ASU No. 2013-07 (en inglés) puede ser obtenido por los
interesados haciendo click aquí.
[1] FASB
= Financial Accounting Standard Board es el organismo responsable por la
emisión, discusión y promulgación de los principios de contabilidad de
aceptación general en USA, comúnmente denominados “US GAAP”. Los US GAAP deben
ser utilizados en forma obligatoria por todas las entidades públicas (las que
cotizan sus valores públicamente) en USA.
16 de abril de 2013
Inflación en Venezuela - Marzo 2013
Las cifras de la inflación no ceden en Venezuela y, como he advertido en
posts anteriores, tiende a incrementarse a mayor velocidad en 2013. Como se
observa en el cuadro a continuación, el Banco Central de Venezuela, con cierto
retraso, publicó las cifras del mes de marzo 2013 que indican que el INPC
(Índice Nacional de Precios al Consumidor) totalizó 2,8% en el mes, acumulando
7,9% durante el primer trimestre de este año y 25,1% en forma anualizada (Marzo
2012 - Marzo 2013).
Los efectos contables de estos parámetros están relacionados
principalmente con la elaboración y presentación de los estados financieros de
las entidades que reportan en Venezuela bajo los VEN-NIF (VEN-NIF GE o VEN-NIF
PYME); bajo las NIIF Puras (NIIF Completas o la NIIF para las PyMES) o los US
GAAP.
Para las entidades que reportan bajo VEN-NIF, continúa siendo obligatorio
el ajuste por inflación, de acuerdo con lo establecido en el Boletín de
Aplicación BA VEN-NIF 2 “Criterios para
el Reconocimiento de la Inflación en los Estados Financieros Preparados bajo
VEN-NIF”.
Para las entidades que reportan bajo US GAAP o las NIIF Puras (NIIF Completas
o la NIIF para las PyMES – sin tomar en cuenta lo establecido en los BA
VEN-NIF), permanece abierta la opción de decidir si Venezuela continúa siendo considerada
como una economía hiperinflacionaria, tomando en cuenta que el nivel de
inflación acumulado para los tres años finalizados el 31 de marzo de 2013 no
llegó al 100%, pues totaliza 98,67% (97,99% a febrero 2013).
Como ha sido mi posición consistente en relación con este último punto,
aunque el nivel trienal de inflación se mantiene por debajo del 100%, las
perspectivas, reafirmadas con la observación de la cifra de marzo 2013, son que
en breve plazo se alcanzará nuevamente ese parámetro por las presiones
inflacionarias que actualmente se manifiestan en la economía venezolana. La
devaluación puntual del bolívar que fue decretada en febrero de 2013; la
creación del mecanismo de SICAD (que reemplazó al SITME y que crea una nueva
banda cambiaria más alta que la que imperaba bajo ese esquema); y los problemas
de desabastecimiento de bienes y servicios que se han incrementado en los primeros
meses de este año, sugieren que el fenómeno inflacionario no disminuirá y, que
por el contrario aumentará a medida que avance el año.
Por lo tanto, mi posición y mi recomendación es
que se mantenga la calificación de economía hiperinflacionaria mientras
persistan los elementos que la han originado y mientras no se observe una
tendencia firme, contraria a lo que se ha venido observando en los últimos
meses, de disminución y eliminación de la inflación y/o de los factores que
inciden en su formación.
|
INPC (2007=100)
|
Variación mensual
INPC
|
Variación acumulada INPC últimos 12 meses
|
IPC Caracas (2007=100)[2]
|
Variación mensual IPC
|
Variación acumulada IPC últimos 12 meses
|
||||||||
Año 2012
|
|
|
|
|
|
|
||||||||
Abril
|
277,2
|
0,8%
|
23,8%
|
287,2
|
0,9%
|
23,6%
|
||||||||
Mayo
|
281,5
|
1,6%
|
22,6%
|
291,7
|
1,6%
|
22,0%
|
||||||||
Junio
|
285,5
|
1,4%
|
21,3%
|
296,2
|
1,5%
|
21,2%
|
||||||||
Julio
|
288,4
|
1,0%
|
19,4%
|
299,1
|
1,0%
|
19,4%
|
||||||||
Agosto
|
291,5
|
1,1%
|
18,1%
|
302,0
|
1,0%
|
18,6%
|
||||||||
Septiembre
|
296,1
|
1,6%
|
18,0%
|
307,8
|
1,9%
|
19,1%
|
||||||||
Octubre
|
301,2
|
1,7%
|
17,9%
|
313,1
|
1,7%
|
18,5%
|
||||||||
Noviembre
|
308,1
|
2,3%
|
18,0%
|
319,4
|
2,0%
|
18,2%
|
||||||||
Diciembre
|
318,9
|
3,5%
|
20,1%
|
328,7
|
2,9%
|
19,5%
|
||||||||
Año 2013
|
|
|
|
|
|
|
||||||||
Enero
|
329,4
|
3,3%
|
22,2%
|
339,4
|
3,3%
|
21,6%
|
||||||||
Febrero
|
334,8
|
1,6%
|
22,8%
|
344,2
|
1,4%
|
22,1%
|
||||||||
Marzo
|
344,1
|
2,8%
|
25,1%
|
353,6
|
2,7%
|
24,2%
|
||||||||
Variación Acumulada Año 2013
|
7,9%
|
|
|
7,6%
|
|
|||||||||
Variación Acumulada Últimos 36
Meses
|
98,67%
|
|
|
98,43%
|
||||||||||
Fuente: Página Web del Banco Central de Venezuela: www.bcv.org.ve
[1] Cuadro elaborado por
Cifuentes, Lemus & Asociados para circular a sus clientes y relacionados.
Disponible también en www.moorestephens.com.ve
[2] Las
cifras del IPC se publican únicamente para referencia de aquellas entidades que
las requieren para sus declaraciones de impuesto sobre la renta o para otros
fines particulares, pero no se toman en cuenta para los criterios contables
discutidos en este post.
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Si usted desea asesoría sobre el contenido de esta noticia o sobre cualquier otro aspecto relacionado con las NIIF Completas, la NIIF para las PyMES o con otros temas tratados en este Blog, por favor, contacte al Autor en la siguiente dirección: jdsmartinez@gmail.com
Gracias.
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