23 de enero de 2013

Su Curriculo a Nivel Global: Corto, Extenso, Complejo?

Un artículo recientemente aparecido en InTheBlack con el título Resumes Around the World presenta a los interesados en ofrecer sus habilidades profesionales o técnicas alrededor del mundo, ideas para elaborar sus CV (Curriculum Vitae, Resumé, Hoja de Vida).
 
El artículo, en inglés, el cual puede ser leído completo en ese idioma utilizando el link anterior dice, entre otras cosas, lo siguiente*:

"Tome en cuenta que es suficientemente difícil convertir un CV elaborado a nivel local – cuando se solicita empleo en otro país – ya que usted tiene que enfrentar un nuevo conjunto de desafíos. No sólo debe considerar la cultura de la empresa; usted también tiene que investigar las condiciones bajo las cuales se efectúa el reclutamiento del nuevo cargo, los requerimientos para la contratación y los otros requisitos inherentes a las leyes y regulaciones de un país extranjero, y todo ello generalmente en otro idioma. Aunque obviamente existen grandes diferencias entre países e incluso entre jurisdicciones de un mismo país, existen algunas pautas generales que se pueden aplicar cuando usted desea colocar su resumé a nivel internacional.
..........
 
No asuma el conocimiento -
 
Al suministrar un currículum, recuerde que usted trata principalmente con la gente de recursos humanos y de finanzas, dice el autor. Esas personas no tendrán una comprensión clara del tamaño del negocio, facturación y número de personal de una empresa extranjera (donde ha trabajado usted) ni de todos los asuntos que tendrían gran impacto en su solicitud, cuando la experiencia demostrada en su currículum sea relevante para la posición que usted solicita.
.........
 
Sepa qué se espera de usted -
 
Dependiendo de su experiencia, el autor dice que hasta cinco páginas de papel tamaño A4 podría considerarse una longitud adecuada para un currículum en un mercado como Australia, mientras que uno más extenso podría considerarse demasiado largo.
 
No importa dónde esté viviendo usted, los reclutadores desearían obtener una 'sucinta y concisa' comprensión de las compañías en donde ha trabajado usted. (Según Andrew Brushfield, Robert Half International).
 
Sin embargo, en los Estados Unidos, una hoja de vida generalmnte se elabora en una sola página en la que destacan la educación y los empleos. Es importante explorar las expectativas del mercado al que usted acudirá en busca de una nueva posición antes de presentar su solicitud."
 
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*Traducción del Autor del Post.
 
 
 
 
 
 

Calendario de Obligaciones Fiscales y Laborales 2013

El Calendario de Obligaciones Fiscales y Laborales - 2013, elaborado por Cifuentes, Lemus & Asociados como parte de sus publicaciones periódicas para clientes, amigos y relacionados, está disponible para todos los que deseen utilizarlo como guía para el cumplimiento de los deberes formales de las entidades en Venezuela

 

 

 Calendario de Moore Stephens Venezuela

 

 

En la misma página podrá encontrar otras publicaciones periódicas de la firma

 

 

22 de enero de 2013

NIC 16 y NIC 18 - Propuesta de Modificación

El 4 de diciembre de 2012, el IASB publicó una propuesta de modificación de la NIC 16 "Propiedades, Planta y Equipo" y de la NIC 38 "Activos Intangibles", mediante la cual se aclararían aspectos relacionados con los métodos aceptables de depreciación y/o amortización.

El objetivo de la propuesta de modificación es asegurar que los preparadores de estados financieros no utilicen métodos basados en los ingresos para calcular los cargos por concepto de depreciación y/o amortización de partidas de las propiedades, planta y equipo o de los activos intangibles.

Los párrafos 60 de la NIC 16 y 97 de la NIC 38 establecen el concepto de "consumo de los beneficios económicos" como el principio para el reconocimiento de la deprecición y/o la amortización. Concretamente, el párrafo 60 de la NIC 16 establece: "El método de depreciación utilizado reflejará el patrón con arreglo al cual se espera que sean consumidos, por parte de la entidad, los beneficios económicos futuros del activo."  En el párrafo 97 de la NIC 38 se establece parcialmente: "El método de amortización utilizado reflejará el patrón de consumo esperado, por parte de la entidad, de los beneficios económicos futuros derivados del activo".
 
En los párrafos 62 de la NIC 16 y 98 de la NIC 38 se menciona una variedad de métodos de depreciación y amortización que pueden ser utilizados por las entidades. Por lo tanto, una entidad selecciona el método que mejor refleja el patrón esperado de consumo de los beneficios económicos futuros incorporados en el activo.

La modificación propone aclarar que cuando se apliquen las guías establecidas en el párrafo 62 de la NIC 16 y/o en el párrafo 98 de la NIC 38, para calcular la depreciación y/o la amortización de los activos, no debe ser usado ningún método basado en los ingresos ya que ese método reflejaría un patrón de consumo de los beneficios económicos que son generados por el activo en vez del patrón esperado de consumo de los beneficios económicos contenidos dentro del activo. La propuesta también suministra guías para la aplicación del método decreciente de depreciación o amortización.

Los interesados en consultar el texto de la propuesta en inglés, pueden hacerlo por medio del siguiente link del IASB:


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Si usted está interesado en hacer una consulta directa sobre este tema o cualquier otro que haya sido publicado en este Blog, envíe un correo electrónico a jdsmartinez@gmail.com y con gusto lo contactaré para atender su requerimiento.
Gracias.

21 de enero de 2013

SEC Evaluará las Revelaciones en los Estados Financieros

La SEC evalúa la información que debe revelarse en un contexto de estados financieros más completos


El tema de las revelaciones en los estados financieros continúa siendo uno de los más controvertidos por las implicaciones que una revisión a esos requerimientos tendría sobre las entidades que reportan (en este caso, las empresas públicas en USA), los usuarios (inversores y otros interesados en la información financiera) y los revisores (auditores externos e internos y las instituciones correspondiente).
 
La SEC indica que la intención de la revisión es centrarse inicialmente en determinar si este asunto debe ser nuevamente evaluado para determinar si existen brechas significativas de información que deban ser cubiertas para brindar a los lectores estados financieros mejor elaborados y más completos.
 
En este proyecto la SEC trabajará conjuntamente con la FASB y la PCAOB, y convocará a preparadores, revisores y otros interesados para que aporten sus propias opiniones sobre este asunto. Se menciona que entre otros objetivos se intentará que las revelaciones:
  1. Suministren una explicación narrativa de los estados financieros de una empresa que permita a los inversionistas ver a la empresa como si lo hiciera a través de los ojos de sus administradores;
  2. Mejoren las revelaciones financieras en general y proporcionen el contexto bajo el cual debe analizarse la información financiera; y
  3. Proporcionen información sobre la calidad y la potencial variabilidad de las ganancias y del flujo de efectivo de una empresa para que los inversores puedan evaluar la probabilidad de que el rendimiento pasado es indicativo de resultados futuros.
Si bien las decisiones de la SEC no son vinculantes con las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), debido al propósito de convergencia que existe entre las NIIF y los US GAAP, cualquier decisión que se adopte en USA tendría un impacto significativo sobre las NIIF en el futuro.
 
Las NIIF Completas son muy exigentes con el tipo, la calidad y la cantidad de revelaciones que deben incluirse junto con los estados financieros y por esas razones, los preparadores confrontan muchas veces serios problemas para lograr que todas las que son requeridas en esas normas se presenten en forma concisa, completa y con calidad. Los preparadores de estados financieros bajo las NIIF Completas están claramente informados de que es su responsabilidad elaborar tales revelaciones para cumplir con lo establecido en las normas. Los revisores luego comprueban que lo que se exige en las normas, se cumple a cabalidad antes de emitir su opinión sobre los estados financieros.
 
La NIIF para las PyMES es menos exigente con respecto a las revelaciones en los estados financieros de las entidades que reportan bajo esa norma, sin deterioro de su calidad e integridad. Se menciona siempre que esta norma contiene más o menos un 10% de las revelaciones que se exigen en las NIIF Completas (300 vs 3.000). Pero no por esa razon, los preparadores de estados financieros bajo la NIIF para las PyMES están exentos de cumplir con los mismos requisitos de precisión, calidad e integridad. Por el contrario, en la medida en que avancen en esos objetivos estarán mejor preparados para afrontar los cambios que se pudieran producir una vez que la norma sea revisada y modificada.
 
Los administradores y contadores de entidades que reportan bajo las NIIF entienden que es su responabilidad cumplir con las normas en lo que respecta a las revelaciones y que el rol de los auditores es revisarlas. Por esas razones, es importante que los preparadores de los estados financieros de las entidades que reportan bajo las NIIF estén atentos a los posibles cambios que impactarán en el futuro las revelaciones en dichos estados.
 
Suministraremos información sobre este tema a medida que se produzca.

Venezuelan Inflation 2012 - Accounting Recognition

Inflation in Venezuela – 2012 & 2011 

INPC[1]
Monthly
Annualized
 
INPC
Monthly
Annualized
2012
(2007=100)
Variation
Variation
2011
(2007=100)
Variation
Variation
Jan
269,6
1,5%
26,0%
Jan
213.9
2.7%
28.4%
Feb
272,6
1,1%
25,3%
Feb
217.6
1.7%
28.6%
Mar
275,0
0,9%
24,6%
Mar
220.7
1.4%
27.4%
Apr
277,2
0,8%
23,8%
Apr
223.9
1.4%
22.9%
May
281,5
1,6%
22,6%
May
229.6
2.5%
22.8%
Jun
285,5
1,4%
21,3%
Jun
235.3
2.5%
23.6%
Jul
288,4
1,0%
19,4%
Jul
241.6
2.7%
25.1%
Aug
291,5
1,1%
18,1%
Aug
246.9
2.2%
25.8%
Sep
296,1
1,6%
18,0%
Sep
250.9
1.6%
26.5%
Oct
301,2
1,7%
17,9%
Oct
255.5
1.8%
26.9%
Nov
308,1
2,3%
18,0%
Nov
261,0
2.2%
27.6%
Dec
318,9
3,5%
20,1%
Dec
265.6
1.8%
27.6%
 
 
 
 
2012 Annualized Variation
20.10%
 
Three Years Accum. Variation (2012)
94.81%
 
2011 Annualized Variation
27.60%
 
Three Years Accum. Variation (2011)
102.60%
 
The above chart shows the inflation evolution in Venezuela during the years ended December 31st, 2012 and 2011. All figures can be downloaded from Banco Central de Venezuela´s web page (www.bcv.org.ve), “Información Estadística” section, “Indice Nacional de Precios al Consumidor (INPC)” tab. Three years figures come from my own computations.

Inflation accounting is governed in Full IFRS under IAS 29 "Financial Reporting in Hyperinflationary Economies" and in IFRS for SMEs under Section 31 "Hyperinflation". In Venezuela, this matter is also subject to the so called Bulletins of Application “BA VEN-NIF”, national standards that must be applied for all entities reporting under Venezuelan Accepted Accounting Principles (VEN-NIF).

Venezuelan experienced accountants have worked with the inflationary matter for many years. Many experienced professionals are adequately trained in accounting and tax issues of Adjustment for Inflation Accounting, Deferred Income Tax from Inflation Adjustment, Income Tax Adjustment for Inflation, etc. Less-skilled accounting students and professionals could confront challenging situations to deal with this complex issue. In the rest of the world, as there is virtually no inflation, accountants don't worry about this issue.

Venezuelan accounting professionals are up-to-date with respect to the various BA VEN-NIF issued by the Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela (www.fccpv.org), the national accountants federation. Therefore, I will not address the circumstances under which Venezuelan entities have to adjust their financial statements for the effects of inflation, as established it these standards. But one thing is to apply the BA VEN-NIF to entities reporting in Venezuela under those rules and another is to apply Full IFRS´s or IFRS for SME´s to an entity reporting under any of these international standards.

Circumstances affecting the above mentioned entities (these who do not report under VEN-NIF) but have to report under Pure IFRS (Full IFRS´s or IFRS for SME´s), is discussed below and I trust it will matter both to Venezuelan accountants reporting under any of the Pure IFRS and/or foreign accountants who must review or audit the financial statements of Venezuelan subsidiaries that should be consolidated in their parent companies´ financial statements.

The situation arises from the interpretation of Pure IFRS in terms of the application of IAS 29 or Section 31. In both texts is set that the inflation standard shall apply to an entity whose functional currency is that of a hyperinflationary economy. These standards also defines when should be considered that an economy is hyperinflationary. Traditionally and for quite some time, it has been concluded that if an economy reaches 100% of accumulated inflation in a continuous period of three (3) years, it should be considered a hyperinflationary economy. Also, according to Pure IFRS, other factors should be evaluated, regardless of that figure, to decide if an economy is under the hyperinflationary condition. However, accountants and financial analysts generally have concluded that when the inflation of an economy reaches above 100% in three years, it is because the other factors are already existent (i.e. all these other factors are concurrent with the increased level of inflation) and therefore do not require to be verified. Then, traditionally it has been concluded that if the economy reaches 100% of inflation accumulated in three (3) years, it should be considered a hyperinflationary economy.

Reviewing the chart above, you will conclude that Venezuela had to be considered a hyperinflationary economy in 2011, since the level of the accumulated inflation for the last three years was 102.60%. It should be noted that the 100% indicator was reached in Venezuela as of November 30, 2009 and have remained above that level until 2011. Question arises with respect to year 2012: ¿It is correct that Venezuela should be qualified as a hyperinflationary economy in 2012, if the accumulated index in the past three years ended 31 December was 94.81%?

My answer to that question is unquestionably: Yes. Venezuela should be qualified as a hyperinflationary economy in 2012, regardless the cumulative index for the last three years is below 100%. It should be observed that the trend of inflation rate in the country remains unabated, although 2012 figures presented lower results (in a year) compared to 2011. It is noted, that despite the average of the first 11 months of 2012 was 1.36%, in December it was informed a big jump to 3.50% in just one month, disproportionate with respect to the previous months and which resulted in the highest monthly rate of the past 33 months.

Taking into account the provisions of Pure IFRS (IAS 29 of Full IFRS or Section 31 of IFRS for SME´s) and as indicated in the previous paragraph, it should conclude that any entity reporting in Venezuela under these rules, must adjust its financial statements for the effects of inflation in 2012 and record and disclose all the effects of such recognition as it is established in the international rules.



[1] INPC = Indice Nacional de Precios al Consumidor - Consumer National Prices Index