17 de marzo de 2014

Ratificada Vigencia de las NIIF en Venezuela


En un oportuno Comunicado del 13 de marzo de 2014, la Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela (FCCPV) ratifica que la preparación y la presentación de estados financieros en Venezuela se basan únicamente en los Principios de Contabilidad de Aceptación General denominados VEN-NIF (PCAG VEN-NIF).

Se menciona en el Comunicado que se considera que los estados financieros se presentan de acuerdo con PCAG VEN-NIF cuando las entidades los hayan implementado de acuerdo con las siguientes disposiciones:
           
a.   Por las Grandes Entidades: A partir de los ejercicios económicos que se iniciaron el 1 de enero de 2008, aplicarán los VEN-NIF GE, que corresponden a los principios de contabilidad que deben utilizar las grandes entidades y que están conformados por los Boletines de Aplicación de los VEN-NIF (BA VEN-NIF) y las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF Completas); y

b.    Por las Pequeñas y Medianas Entidades: A partir de los ejercicios económicos que se iniciaron el 1 de enero de 2011, aplicarán los VEN-NIF PYME, que corresponden a los principios de contabilidad que deben utilizar las pequeñas y medianas entidades y que están conformados por los Boletines de Aplicación de los VEN-NIF (BA VEN-NIF) y la Norma Internacional de Información Financiera para Pequeñas y Medianas Entidades (NIIF para las PYMES).

También se confirma que las Declaraciones de Principios de Contabilidad (DPC) y las Publicaciones Técnicas (PT) han quedado derogadas con vigencia desde que comenzaron a aplicarse los PCAG VEN-NIF para cada tipo de entidad, respectivamente.

Con base en lo indicado en el Comunicado, la FCCPV concluye indicando que:

1.    Los estados financieros correspondientes desde las fechas descritas en los ordinales a. y b. anteriores, sólo se consideran que están preparados y presentados razonablemente de acuerdo con los Principios de Contabilidad de Aceptación General en Venezuela cuando se hayan aplicado los VEN-NIF.

2.  Si los estados financieros que se auditan están preparados con base en normas contables-financieras distintas a los VEN-NIF, con normas contables de organismos reguladores o con normas derogadas (DPC-PT), el dictamen del auditor debe incluir, como mínimo, un párrafo de énfasis donde se exprese que las normas contables-financieras aplicadas no son los Principios de Contabilidad de Aceptación General en Venezuela; que han sido emitidos por organismos reguladores; o que están derogados.

Los interesados en obtener copia del Comunicado pueden bajarlo directamente de la página web de la FCCPV o desde el repositorio de información de este Blog en Google Drive.


Nota del Autor

Es conveniente comentar que en los últimos tiempos han sido dictadas algunas regulaciones legales que afectan a las entidades en Venezuela y que establecen determinados requisitos contables o de reporte para que dichas entidades puedan ejecutar ciertos actos o demostrar cierta información contable. Entre esas regulaciones figuran la Ley de Precios Justos y la Providencia 0003/2014 que reglamenta ciertos artículos de dicha ley, y el Manual para la Tramitación de Actos o Negocios Jurídicos en los Registros y las Notarías.

Como respuesta a lo establecido en el Manual mencionado en el párrafo anterior y para guiar a los contadores públicos en la ejecución de servicios apegados a la normativa aprobada y en vigencia en Venezuela, la FCCPV ofrece su publicación “Cuadernos de Servicios Relacionados”, cuya producción se realizó con el fin de orientar al profesional de la contaduría pública en Venezuela en la aplicación anticipada de las Normas Internacionales de Auditoría, Revisión, Atestiguamiento y Servicios Relacionados, incluida en la Resolución del Directorio de la FCCPV No. 15 del 13 de diciembre de 2013.

Considero que la publicación del Comunicado contribuirá a orientar a quienes utilizan los PCAG VEN-NIF, cuando se desempeñan como contadores de las entidades o como auditores y asesores de las mismas, en el sentido de distinguir que aunque dichas entidades están obligadas a cumplir con las leyes de la República, sus actuaciones desde el punto de vista profesional, cuando se aplican esos principios o se preparan estados financieros adecuados a los mismos, deben apegarse específicamente a lo que apruebe y promulgue la Institución autorizada para dictar dichos principios y normas, que es la FCCPV. 

Finalmente, insto a empresarios y propietarios de entidades, quienes se sienten exigidos y apremiados por autoridades gubernamentales reguladoras, de control y de supervisión para cumplir con leyes y reglamentos que pueden originar conflictos con los principios de contabilidad, a seguir los consejos de los profesionales de la contaduría pública (y también de sus asesores legales), para mantener uniformemente la aplicación de dichos principios. Sólo así podrán garantizar que los estados financieros de sus entidades, preparados de acuerdo con PCAG VEN-NIF, puedan ser utilizados y presentados en cualquier jurisdicción mundial o a un inversionista extranjero, ya que dichos estados financieros cumplen con una normativa de alta calidad que es aceptada y reconocida mundialmente.   











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