El 28 de febrero de
2013, el IASB publicó una nueva propuesta de enmienda de la NIC 39 Instrumentos Financieros: Reconocimiento y
Medición que se relaciona con la novación de derivativos y la interrupción
de la contabilidad de cobertura.
Los requerimientos correspondientes a esta modificación serán
incluidos en el nuevo capítulo sobre contabilidad de cobertura de la NIIF 9 Instrumentos Financieros.
El objetivo primordial de los cambios es introducir una
excepción de alcance riguroso al requerimiento que ahora existe en la NIC 39
sobre la descontinuación (interrupción) de la contabilidad de cobertura.
Específicamente, se propone una excepción cuando un derivativo que ha sido
designado como un instrumento de cobertura sea renovado o sometido a novación
por una de las partes, como consecuencia de nuevas leyes o regulaciones cuando
se presentan ciertas condiciones específicas. En el contexto de la propuesta,
la novación del contrato derivativo es la sustitución de la contraparte
original por una nueva, en este caso, por una cámara de compensación de valores
(Central Counterparty Clearing, en inglés).
El IASB consideró el hecho de que los cambios legales que
requerirían tales novaciones de derivativos se diseminarán en las diferentes
jurisdicciones donde se aplican las NIIF, ya que se originaron en el compromiso
del G20 para mejorar la transparencia y la supervisión de los organismos
reguladores sobre el mercado extrabursátil (over-the-counter
market) de forma consistente y no
discriminatoria.
El IASB reconoce que esas nuevas leyes y regulaciones
habrían sido aprobadas muy rápidamente en algunas jurisdicciones y, consecuentemente,
ha publicado esta propuesta de cambios con un período muy corto para
comentarios de solamente 30 días.
La propuesta de cambios puede ser obtenida en el sitio web
del IASB (www.ifrs.org), en la página “Comment on a Proposal”. También puede ser bajada si hace click aquí
===================================================================================
Gracias.
===================================================================================
Si usted desea asesoría sobre el contenido de esta noticia o sobre cualquier otro aspecto relacionado con las NIIF Completas, la NIIF para las PyMES o con otros temas tratados en este Blog, por favor, contacte al Autor en la siguiente dirección: jdsmartinez@gmail.com
Gracias.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario
Gracias por su comentario o por su pregunta. Si lo prefiere, envíe un correo electrónico a jdsmartinez@gmail.com y con gusto responderé sus inquietudes. Saludos,