La NIIF
para las PYMES requiere que todas las combinaciones de negocios se
contabilicen aplicando el método de la compra. Este es similar al “método de la
adquisición”, enfoque actualmente aplicado en las NIIF completas.
La Sección 19 de la NIIF para las PYMES está basada en la versión 2004 de la NIIF 3 Combinaciones de Negocios. La NIIF 3 fue revisada en 2008, muy cerca de la
fecha de publicación de la NIIF para
las PYMES.
La NIIF 3 (R2008) modificó deficiencias respecto de
la versión previa de la NIIF 3 sin cambiar sus requerimientos de
contabilización básicos; también promovió la convergencia internacional de las
normas contables. Los principales cambios introducidos por la NIIF 3 (R2008)
que podrían ser considerados para su incorporación en la NIIF para las PYMES son los
siguientes:
• Un enfoque basado en lo que se da como
contraprestación al vendedor, en lugar de lo que se gasta con el fin de
adquirir la entidad. Como consecuencia de ello, los costos relacionados con la adquisición
son reconocidos como un gasto del período en lugar de ser tratados como parte
de la combinación de negocios (por ejemplo, honorarios de asesores, valuadores,
profesionales y otros gastos administrativos).
• La contraprestación contingente se reconoce por
su valor razonable (sin tener en cuenta la probabilidad) y, posteriormente, se contabiliza
como un instrumento financiero en lugar de como un ajuste al costo de la
combinación de negocios.
• La determinación de la plusvalía requiere una
nueva medición a valor razonable de cualquier interés ya existente en la
compañía adquirida y la medición de cualquier participación no controladora en
la compañía adquirida.
¿La Sección 19 debería ser enmendada para
incorporar los cambios antes descritos, modificados de una manera apropiada
para reflejar las necesidades de los usuarios de los estados financieros de las
PYMES y consideraciones de costo-beneficio?
(a) No— No deben cambiar los actuales
requerimientos. El actual enfoque de la Sección 19 (basado en la NIIF 3 (2004))
es adecuado para las PYMES, y las PYMES han sido capaces de implementarlo sin
problemas.
(b) Sí— Debe revisarse la NIIF para las PYMES para incorporar los principales cambios
introducidos por la NIIF 3 (R2008), como se describió anteriormente y
modificados apropiadamente para las PYMES.
(c) Otra— por favor, explíquela.
Por favor, presente las razones que apoyan su
elección (a), (b) o (c).
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Las modificaciones que se le hicieron a la NIIF 3 fueron de considerable importancia porque los cambios introducidos corrigieron algunos criterios de aplicación en las adquisiciones de negocios que se requerían para adecuarse a normas más adelantadas en el mundo. De no introducirse los mismos cambios en la NIIF para las PyMES, se mantendría la importante diferencia que ahora existe en comparación con las NIIF Completas. Por tanto, apoyo el cambio de la Norma y me inclino por su revisión para incorporar los principales cambios que se introdujeron en la NIIF 3 en 2008. Mi respuesta apoya la opción (b).Nota del Autor: La primera parte de este Post incluye la pregunta original incluida en el documento del IASB que contiene las modificaciones que se discuten, y se presentan en itálicas para diferenciarlas del resto del texto que sí es de la entera responsabilidad del Autor.
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